Tabla periódica financiera

Protección · elemento 44

100.000 €

FGD por banco y titular

En una frase

El Fondo de Garantía de Depósitos cubre, con carácter general, hasta 100.000 € por titular y entidad en cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos bancarios. Si tienes más líquido en un mismo banco, conviene repartirlo entre varias entidades.

Qué significa

El FGD protege el dinero depositado en entidades de crédito adheridas cuando una entidad no puede devolverlo a sus clientes.

La idea básica es:

100.000 € por titular y por entidad

Eso significa que no importa cuántas cuentas tengas dentro del mismo banco. Lo que cuenta es la suma total de los depósitos dinerarios que tienes en esa entidad.

ProductoCobertura
Cuenta corrienteSí, hasta 100.000 € por titular y entidad
Cuenta de ahorroSí, hasta 100.000 € por titular y entidad
Cuenta remuneradaSí, si es depósito bancario cubierto
Depósito a plazoSí, hasta 100.000 € por titular y entidad
Depósito en divisaSí, por su equivalente en euros
Fondos de inversión o ETFNo como depósito dinerario
Acciones o bonos custodiadosNo son depósito dinerario; tienen tratamiento de valores
Planes de pensionesNo están cubiertos por el FGD
Seguros de ahorroNo están cubiertos por el FGD
CriptomonedasNo tienen cobertura del FGD

Por tanto, si tienes 40.000 € en una cuenta corriente y 80.000 € en un depósito en el mismo banco, no tienes 120.000 € cubiertos. Tienes 100.000 € cubiertos y 20.000 € fuera del límite general.

Por qué es importante

Importa porque permite ordenar bien la parte líquida del patrimonio: fondo de emergencia, dinero para una entrada de vivienda, venta reciente de un inmueble, ahorro temporal o liquidez pendiente de invertir.

Si tienes menos de 100.000 € en cuentas y depósitos en una entidad, en principio estás dentro del límite general.

Si tienes más de 100.000 € en un mismo banco, el exceso no queda cubierto por el límite general del FGD y debería reclamarse en el procedimiento concursal de la entidad.

Por eso, cuando el patrimonio líquido es elevado, tiene sentido repartirlo entre dos o tres bancos. No hace falta sobrecomplicarse, pero tampoco concentrarlo todo en una sola entidad.

Detalle importante: por titular y por entidad

Los 100.000 € son por titular y por entidad, no por cuenta.

SituaciónCobertura general
1 persona, 1 banco100.000 €
1 persona, 2 bancos200.000 €
2 personas, 1 cuenta conjunta en 1 banco100.000 € por titular
2 personas, 2 bancos100.000 € por titular y por banco
1 persona, 3 cuentas en el mismo banco100.000 € en total
Persona titular + persona autorizadaSolo cuenta la persona titular

Lo importante es diversificar entre entidades, no abrir muchas cuentas dentro del mismo banco.

Qué cubre el FGD

El FGD cubre depósitos dinerarios en los que la entidad garantiza la devolución del capital, como cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a la vista y depósitos a plazo.

También puede cubrir depósitos en moneda distinta del euro, convirtiendo el importe garantizado al tipo de cambio aplicable.

Cobertura especial para situaciones puntuales

En determinados casos excepcionales, el FGD puede superar el límite general de 100.000 € y llegar a cubrir el importe total depositado, siempre que el dinero se haya ingresado en los tres meses anteriores a la declaración de indisponibilidad y provenga de situaciones concretas:

  • Transacción inmobiliaria residencial privada.
  • Matrimonio.
  • Divorcio.
  • Jubilación.
  • Despido.
  • Invalidez.
  • Fallecimiento.
  • Indemnizaciones por delito o error judicial.

Esta cobertura especial está pensada como protección temporal para situaciones puntuales.

Qué no cubre

El FGD no cubre pérdidas de mercado.

Si tienes acciones, fondos de inversión o ETFs y bajan de valor, eso es riesgo de inversión y no lo cubre ningún fondo de garantía.

También hay que distinguir entre depósitos dinerarios y valores custodiados. Si tienes valores depositados en un banco y el problema es que el banco no te los puede devolver, puede existir una cobertura separada para valores. Pero eso no protege de que esos valores pierdan valor en el mercado.

Si operas con una sociedad o agencia de valores, puede entrar el FOGAIN, que cubre determinados casos de insolvencia de la entidad adherida hasta 100.000 €. Pero tampoco cubre pérdidas de inversión.

Cómo aplicarlo hoy

  1. Suma el dinero que tienes en cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas remuneradas y depósitos en cada banco.
  2. No cuentes solo una cuenta: suma todos los productos dinerarios dentro de la misma entidad.
  3. Si el total supera 100.000 € por titular y entidad, plantéate repartir el exceso en otro banco.
  4. Si tienes una cuenta conjunta, calcula la parte correspondiente a cada titular.
  5. Si trabajas con bancos extranjeros o sucursales en España de entidades de otros países de la Unión Europea, comprueba qué fondo de garantía cubre realmente los depósitos.
  6. Si tienes dinero temporalmente por una venta de vivienda, herencia, divorcio, indemnización o situación similar, revisa la cobertura especial y no dejes pasar meses sin ordenar ese dinero.

Errores comunes

  • Pensar que el límite es por cuenta. Es por titular y entidad.
  • Abrir tres cuentas en el mismo banco y pensar que tienes 300.000 € cubiertos. No funciona así.
  • Pensar que el FGD cubre fondos de inversión, ETFs o acciones si bajan de valor. No cubre pérdidas de mercado.
  • Confundir una persona autorizada con una persona titular. La cobertura corresponde a los titulares, no a los autorizados.
  • No mirar qué fondo de garantía aplica en bancos extranjeros o sucursales de entidades europeas.
  • Tener todo el patrimonio líquido en una sola entidad por comodidad.
  • Sobrediversificar demasiado. Si tienes 180.000 € líquidos, probablemente dos bancos son suficientes. No hace falta convertir la gestión en un rompecabezas.

Vinculado con

Recursos

📚 Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). La fuente oficial. Proceso, casos especiales y FAQ.

📚 Banco de España — Garantías de los depósitos. La autoridad reguladora con información clarificadora.

📚 FOGAIN — Fondo de Garantía de Inversiones. La cobertura equivalente para productos de inversión (fondos, ETFs, acciones custodiadas).

📚 Directiva UE 2014/49/UE. La base legal europea de la cobertura de 100.000 €.

📚 Portal del Cliente Bancario — Banco de España. Derechos y preguntas frecuentes sobre depósitos y su garantía.


El FGD te dice hasta dónde está protegido tu dinero líquido si el banco falla.


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